Dictadura le quita autonomía a la CSJ de administrar el Registro Público de Nicaragua

La Asamblea Sandinista aprobó un proyecto de reformas al Artículo 165 de la Constitución Política de Nicaragua para desvincular a los Registros Públicos administrados por el Poder Judicial, es decir, ahora serán tomados por la pareja genocida Daniel Ortega y Rosario Murillo.

La iniciativa de reforma fue aprobada con 81 votos a favor, 0 en contra y 10 abstenciones. La reforma establece la derogación del numeral 4 y cambios en los numerales 5 y 6, para desvincular a los Registros Públicos del Poder Judicial.

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Cabe mencionar que la reforma establece que la dictadura sandinista le quita la autonomía administrativa de los Registros Públicos en Nicaragua al Consejo Supremo Electoral y estos pasarán a ser manejados por  la Procuraduría General de la República.

Ahora con la reforma al artículo 165 de la Constitución Política se leerá así: “Se crea el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial como un organismo de la Corte Suprema de Justicia, al que se le confiere autonomía técnica y funcional, para ejercer la competencia de coordinar, planificar y ejecutar la política administrativa y financiera del Poder Judicial, dirigir la Carrera Judicial y conocer, investigar y resolver en lo que competa, las infracciones al régimen disciplinario en que incurran los profesionales del Derecho y los funcionarios de Carrera Judicial”.

El Consejo estará integrado por cuatro Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, incluido el Presidente de la misma, pero hasta el momento no ha designado ningún funcionario de la dictadura debido a los recientes despidos en todas las áreas del poder judicial.

Destacan que los miembros del Consejo no formarán parte de ninguna de las Salas de la Corte, sino que “se dedicarán de manera exclusiva al ejercicio de estas funciones mientras dura su período que será de dos años y medio, excepto integración de Corte Plena, ni en ningún caso podrán ser sustituidos por Magistrados que integren cualquiera de las Salas”.

Entre las atribuciones del nuevo consejo están planificar y ejecutar la política administrativa del Poder Judicial; formular el anteproyecto de su presupuesto;  aprobar el nombramiento, traslado o despido del personal administrativo de este Poder de la institución; también da la facultad para nombrar al Secretario General Administrativo.

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Sin embargo, las funciones que no les fue conferidas es: conocer y resolver de las denuncias por faltas disciplinarias sean leves, graves y muy graves de médicos forenses y secretarios, defensores públicos, jueces y magistrados de apelaciones. Asimismo, imponen que este órgano no podrá otorgar títulos de abogado y notario público.

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